En línea con nuestra publicación de la semana pasada, en relación con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el Modelo 720, hoy compartimos esta entrada publicada en TAXLANDIA: Blog fiscal y de opinión tributaria por el profesor César García Novoa.

A pesar de lo que se haya podido leer estos días, es importante destacar que esta sentencia declara contrario a la libre circulación de capitales el régimen sancionador aplicable en caso de incumplimiento y de cumplimiento defectuoso o extemporáneo de la obligación de declarar bienes y derechos situados en el extranjero, no la obligación en sí misma.

Esto es importante, sobre todo teniendo en cuenta que el plazo para presentar la correspondiente declaración finaliza el próximo 31 de marzo.

Así se refleja en el siguiente post:

https://www.politicafiscal.es/equipo/cesar-garcia-novoa/consecuencias-de-la-declaracion-de-incompatibilidad-del-modelo-720-con-el-derecho-de-la-union-europea

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