Hoy compartimos esta publicación de la Agencia Tributaria en la que se explican los motivos por los que se introdujo el nuevo artículo 29.2 j) en la LGT, siendo su finalidad principal la de evitar la utilización de los denominados software de doble uso.
Igualmente se explica cómo avanza su desarrollo reglamentario.
El texto completo puede consultarse aquí: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/normativa-criterios-interpretativos/analisis/El__nuevo__articulo_29_2_j__de_la_Ley_General_Tributaria__Motivos_y_desarrollo.html
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