El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el Impuesto Temporal a la Solidaridad de las Grandes Fortunas.

El Tribunal ha rechazado todas las impugnaciones, entre las que se encontraba la vulneración del derecho de enmienda (art. 23.2 CE), la vulneración de la autonomía financiera de la Comunidad de Madrid y la reserva de ley orgánica en materia de cesión de tributos (arts. 156.1 y 157.3 CE), la vulneración del principio de capacidad económica y no confiscatoriedad (art. 31.1 CE) y la vulneración del principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE).

En los próximos días esperamos poder compartir la sentencia. Por ahora, aquí dejamos la nota de prensa publicada hace unos días.

Nota de prensa: https://www.tribunalconstitucional.es/NotasDePrensaDocumentos/NP_2023_092/NOTA%20INFORMATIVA%20N%C2%BA%2092-2023.pdf

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