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Compartimos la nota de prensa publicada en la página web del Poder Judicial en relación a la sentencia del Tribunal Supremo en la que establece doctrina en relación con los procedimientos de comprobación limitada realizados por Hacienda.
En concreto, en dicha sentencia del Tribunal Supremo se determina que, en garantía de los derechos del contribuyente reconocidos en los artículos 34.1.ñ) y 137 de la Ley General Tributaria, Hacienda solo puede ampliar el alcance de sus actuaciones de comprobación limitada, de forma motivada por referencia al caso concreto, cuando lo comunique al comprobado “con carácter previo” a la apertura del plazo de alegaciones.
En los próximos días esperamos poder compartir el texto completo de esta interesante sentencia.
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