Hoy compartimos esta comentada sentencia del Tribunal Supremo, de 12 de julio de 2023, en relación con la impugnación de liquidaciones del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana tras la sentencia del Tribunal Constitucional, de 26 de octubre de 2021.

En concreto, se fija como doctrina jurisprudencial que «de conformidad con lo dispuesto en la STC 182/2021, de 26 de octubre, las liquidaciones provisionales o definitivas por Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que no hubieran sido impugnadas a la fecha de dictarse dicha sentencia, 26 de octubre de 2021, no podrán ser impugnadas con fundamento en la declaración de inconstitucionalidad efectuada en la misma, al igual que tampoco podrá solicitarse con ese fundamento la rectificación, ex art. 120.3 LGT, de autoliquidaciones respecto a las que aun no se hubiera formulado tal solicitud al tiempo de dictarse la STC 26 de octubre de 2021».

Sin embargo, se determina que «sí será posible impugnar dentro de los plazos establecidos para los distintos recursos administrativos, y el recurso contencioso-administrativo, tanto las liquidaciones provisionales o definitivas que no hubieren alcanzado firmeza al tiempo de dictarse la sentencia, como solicitar la rectificación de autoliquidaciones ex art. 120.3 LGT, dentro del plazo establecido para ello, con base en otros fundamentos distintos a la declaración de inconstitucionalidad efectuada por la STC 182/2021, de 26 de octubre».

Texto completo de la sentencia:

https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/0a6b6d50d7d18219a0a8778d75e36f0d/20230720

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