El Tribunal Supremo dictaminó el pasado 28 de febrero que la cuota gradual de los Documentos Notariales del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) en la constitución de préstamos en hipotecas corresponde al prestatario. Asimismo sentencia que, por el timbre de los documentos notariales, el impuesto de la matriz se abonará por partes iguales entre prestamista y prestatario, cobrándose el de las copias a la parte que las solicite.
El abogado tributarista y gestor administrativo Juan Carlos Cortell Segovia, profesor del Máster Universitario en Asesoría Fiscal (MAF) de la Universidad Miguel Hernández (UMH) de Elche, ahonda en el caso de estas sentencias recientes que «han causado revuelo» y cuyos textos íntegros serán publicados próximamente. Entre otras cosas, avanza que «con un tipo impositivo alto como es el 1,5% de la Comunidad Valenciana, las hipotecas van a tener una tributación importante para los prestatarios».
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